¿Vas a vender tu carro este mes? Esto es lo que dice el SRI sobre firmar el traspaso electrónicamente

Publicado el 20 de julio de 2026 · 6 min de lectura
¿Vas a vender tu carro? Firma electrónica para traspaso vehicular en Ecuador

Vender un carro no termina cuando recibes el dinero. Mientras el vehículo siga registrado a tu nombre en el SRI y en la ANT, cualquier multa de tránsito que reciba —o cualquier problema legal en el que se vea involucrado— sigue cayendo sobre ti. Por eso el traspaso de dominio no es un trámite opcional que se pueda dejar "para después": es lo que realmente te desliga del vehículo. Y ahí es donde entra la firma electrónica.

¿Qué tiene que ver el SRI con la venta de tu carro?

El traspaso de un vehículo usado en Ecuador no es un solo trámite, sino dos que están conectados: el SRI registra el contrato de compraventa y cobra el impuesto correspondiente, y la ANT actualiza la matrícula con el nombre del nuevo propietario.

Cuando el contrato de compraventa se legaliza mediante reconocimiento de firmas en una notaría, esa notaría envía la información automáticamente al SRI. Con eso, el SRI calcula y cobra el impuesto a la transferencia de dominio de vehículos usados, que corresponde al 1% sobre el valor de la transacción registrado en el contrato o sobre el avalúo que consta en la base nacional de vehículos, el que sea mayor.

El plazo de 30 días que no puedes ignorar

El comprador tiene 30 días desde el reconocimiento de firmas del contrato para completar el registro del traspaso. Si no lo hace a tiempo, se expone a una multa equivalente al 5% de un Salario Básico Unificado.

Para ti como vendedor el riesgo real no es esa multa administrativa, sino algo más molesto: mientras el traspaso no quede registrado, cualquier fotomulta o infracción de tránsito que reciba el vehículo se sigue notificando a tu nombre. Por eso conviene que tú mismo impulses que el contrato se firme y se legalice cuanto antes, en vez de dejarlo enteramente en manos del comprador.

Paso a paso del traspaso de dominio

  1. Redactan el contrato de compraventa, con los datos del vehículo, el precio acordado y los datos de comprador y vendedor.
  2. Reconocimiento de firmas en notaría: ambas partes legalizan sus firmas ante un notario. Este paso es el que activa el envío automático de la información al SRI.
  3. Pago del impuesto en el SRI: el 1% sobre el valor de la transacción o el avalúo, el que sea mayor.
  4. Actualización de la matrícula en la ANT, con el vehículo ya registrado a nombre del nuevo propietario.

¿Puedo firmar el contrato de compraventa con firma electrónica?

Legalmente, sí. La Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos establece en su artículo 14 que una firma electrónica certificada tiene la misma validez y los mismos efectos jurídicos que una firma manuscrita, y que es admisible como prueba ante cualquier autoridad, incluido un juez. Un contrato de compraventa vehicular firmado electrónicamente es, en ese sentido, plenamente exigible.

Donde hay que tener cuidado es en la parte operativa: hoy en día, el paso que dispara automáticamente el envío de la información al SRI sigue siendo el reconocimiento de firmas en notaría. La firma electrónica no reemplaza ese paso específico por sí sola —salvo que tu notaría ya ofrezca un proceso de reconocimiento totalmente digital, algo que varía de una notaría a otra—.

Lo que sí gana con la firma electrónica es velocidad y seguridad en la parte previa: puedes redactar y firmar el contrato el mismo día que cierras el trato, sin coordinar agendas para que comprador y vendedor firmen juntos en papel, y con un documento con marca de tiempo que no se puede alterar después. Luego llevas ese contrato ya firmado a la notaría para el reconocimiento correspondiente.

¿Cuánto pagas al SRI en la transferencia?

El impuesto a la transferencia de dominio de vehículos usados es del 1%, calculado sobre el mayor valor entre el precio de venta declarado en el contrato y el avalúo que el SRI tiene registrado para ese vehículo en su base nacional. Este pago es responsabilidad del comprador y se realiza como parte del mismo trámite de registro del contrato.

Firma electrónica: útil en todo el proceso, no solo en el contrato

Además del contrato de compraventa, la firma electrónica te sirve para otros documentos que suelen aparecer en una venta de vehículo: poderes o autorizaciones si una de las partes no puede estar presente, certificaciones o cartas de responsabilidad, y cualquier respaldo adicional que quieras dejar firmado digitalmente para tu propio archivo.

Puedes obtener tu firma electrónica a través de Naranjilla desde $18.99 al año, con entrega del archivo .p12 en pocas horas sin salir de casa.

Preguntas frecuentes

¿Necesito ir a la notaría si ya firmé el contrato con firma electrónica?

En la práctica actual, sí. El reconocimiento de firmas en notaría es el paso que dispara el envío automático de la información al SRI. Puedes redactar y firmar el contrato con tu firma electrónica antes de ir, pero confirma con tu notaría si aceptan ese documento como base, porque no todas tienen el mismo nivel de digitalización.

¿Cuánto tiempo tengo para hacer el traspaso después de vender mi carro?

30 días desde el reconocimiento de firmas del contrato de compraventa. Ese es el plazo que tiene el comprador para registrar el traspaso ante el SRI y actualizar la matrícula en la ANT.

¿Qué pasa si el comprador no hace el traspaso a tiempo?

Se expone a una multa del 5% de un Salario Básico Unificado. Y para ti como vendedor el riesgo es mayor: cualquier multa de tránsito que reciba el vehículo antes de que el traspaso quede registrado sigue cayendo a tu nombre.

¿Cuánto cobra el SRI por la transferencia de dominio de un vehículo?

El SRI cobra el 1% sobre el valor de la transacción registrado en el contrato o sobre el avalúo que consta en la base nacional de vehículos, el que sea mayor de los dos.

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