¿Cuánto pago de impuestos siendo RIMPE en Ecuador? 2026

Publicado el 11 de mayo de 2026 · 7 min de lectura
¿Cuánto pago de impuestos siendo RIMPE en Ecuador? 2026

Una de las dudas más frecuentes al inscribirse en el RIMPE es: ¿cuánto voy a pagar de impuestos? La respuesta depende de en cuál de las dos categorías te ubiques: RIMPE Negocio Popular o RIMPE Emprendedor. Cada una tiene un esquema de pago diferente.

Recuerda: hay dos tipos de RIMPE

El Régimen Impositivo para Microempresas (RIMPE) tiene dos categorías:

RIMPE Negocio Popular: cuota fija semestral

Los Negocios Populares pagan una cuota única fija cada seis meses que reemplaza al Impuesto a la Renta y al IVA. No presentan declaraciones mensuales de IVA.

La cuota se calcula en base al nivel de ingresos anuales:

Ingresos anuales (USD) Cuota semestral (USD)
Hasta 3.0005.00
3.001 – 6.00010.00
6.001 – 9.00015.00
9.001 – 12.00020.00
12.001 – 15.00025.00
15.001 – 20.00030.00

Las cuotas se pagan en enero (por el segundo semestre del año anterior) y en julio (por el primer semestre del año en curso).

Ejemplo: Si tienes una tienda de barrio con ingresos de USD 8.000 al año, pagas USD 15.00 cada semestre, es decir, USD 30.00 al año en total de impuestos.

¿Qué incluye esa cuota?

No necesitas presentar declaraciones adicionales de IVA ni de Renta por tu actividad RIMPE. Solo la cuota semestral.

¿Qué NO incluye?

RIMPE Emprendedor: Impuesto a la Renta progresivo + IVA

Los RIMPE Emprendedor tienen un esquema más cercano al Régimen General:

Impuesto a la Renta

Pagan Impuesto a la Renta de forma anual usando la tabla progresiva del SRI para personas naturales. La particularidad del RIMPE Emprendedor es que se aplica una tarifa especial del 2% sobre los ingresos brutos provenientes de la actividad empresarial, en lugar de la tabla progresiva estándar.

Esto significa que si tus ingresos brutos anuales son USD 50.000, pagarás aproximadamente:

USD 50.000 × 2% = USD 1.000 de Impuesto a la Renta

Este cálculo se realiza en la declaración anual del Impuesto a la Renta (Formulario 102), que se presenta en marzo/abril del año siguiente.

IVA mensual

Los RIMPE Emprendedor sí declaran IVA mensualmente mediante el Formulario 104, igual que los contribuyentes de Régimen General. Cobran IVA del 15% o 0% según el tipo de bien o servicio, y lo declaran y pagan cada mes.

Anticipos del Impuesto a la Renta

Dependiendo de su nivel de ingresos, algunos RIMPE Emprendedor también pagan anticipos del Impuesto a la Renta en julio y septiembre. El SRI calcula estos anticipos basándose en la declaración del año anterior.

Comparación rápida: ¿cuánto paga cada tipo de RIMPE?

Concepto Negocio Popular Emprendedor
Impuesto a la RentaIncluido en cuota fija2% sobre ingresos brutos
IVAIncluido en cuota fijaDeclaración mensual
Cuota fijaUSD 5 – 30 semestralNo aplica
DeclaracionesSolo cuota semestralIVA mensual + Renta anual
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¿Y si mis ingresos superan los USD 300.000?

Si en algún momento tus ingresos anuales superan USD 300.000, saldrías del RIMPE automáticamente y pasarías al Régimen General. En ese caso, el SRI te notificará el cambio y comenzarás a aplicar las normas generales de tributación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir gastos siendo RIMPE?

Los RIMPE Negocio Popular no pueden deducir gastos personales ni gastos del negocio — su obligación es solo la cuota fija. Los RIMPE Emprendedor tienen algunas posibilidades de deducción similares al Régimen General, aunque más limitadas.

¿Los RIMPE pagan el IESS?

Las aportaciones al IESS son independientes del RIMPE. Si eres trabajador por cuenta propia, debes afiliarte como autónomo y pagar el porcentaje correspondiente sobre tu base de aportación, sin importar si eres RIMPE o no.

¿Qué pasa si no pago la cuota RIMPE a tiempo?

El SRI aplica intereses por mora sobre el valor adeudado. Además, el incumplimiento afecta tu historial tributario y puede generar notificaciones de coactiva.

Conclusión

El RIMPE fue diseñado para simplificar los impuestos de pequeños negocios. Si eres Negocio Popular, tu carga es mínima: una cuota fija de USD 5 a 30 cada seis meses. Si eres Emprendedor, pagas el 2% sobre tus ingresos brutos anuales más el IVA mensual. En ambos casos, es fundamental mantenerte al día para evitar multas y mantener tu historial tributario limpio.

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