La liquidación de compra es un comprobante electrónico que emite el comprador cuando adquiere bienes o servicios a una persona que no está obligada a emitir facturas. En Ecuador, el SRI permite usarla en casos específicos para que la transacción quede respaldada tributariamente aunque el vendedor no tenga RUC ni facturero.
¿Qué es una liquidación de compra?
Es un comprobante de venta que emite el adquirente (comprador) en lugar del vendedor. Se usa cuando el proveedor es una persona natural que no está inscrita en el RUC o que, por su condición, no está en capacidad de emitir comprobantes de venta. Al emitir la liquidación, el comprador asume la responsabilidad tributaria de documentar la transacción y retiene los impuestos correspondientes en la fuente.
¿Cuándo se debe emitir una liquidación de compra?
El SRI establece que la liquidación de compra procede cuando:
- Se adquieren bienes o servicios a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad que no disponen de RUC ni de sistema de facturación.
- Compras a artesanos no calificados que realizan trabajos manuales sin registrarse como contribuyentes.
- Adquisición de productos agrícolas, pecuarios, forestales o acuícolas a pequeños productores no inscritos en el SRI.
- Compra de bienes muebles usados a personas naturales no contribuyentes.
- Servicios ocasionales prestados por personas sin obligación tributaria formal (trabajos esporádicos, oficios manuales, etc.).
¿Quién emite la liquidación de compra?
La emite el comprador: una empresa, una persona natural con RUC o cualquier contribuyente que adquiere bienes o servicios en las situaciones descritas. El vendedor no interviene en la emisión del comprobante; solo recibe el pago y firma o acepta la liquidación como constancia de la transacción.
Retenciones en la liquidación de compra
Al emitir una liquidación de compra, el emisor actúa como agente de retención y debe retener:
- IVA: el 100% del IVA generado en la transacción (si aplica).
- Impuesto a la Renta: el porcentaje que corresponda según el tipo de bien o servicio y la tabla vigente del SRI.
Estas retenciones deben declararse y pagarse al SRI dentro de los plazos establecidos en el calendario tributario.
Datos obligatorios en una liquidación de compra
El comprobante debe incluir:
- Datos del emisor (comprador): razón social, RUC, dirección y punto de emisión.
- Datos del proveedor (vendedor): nombre completo, número de cédula, dirección y actividad económica.
- Descripción del bien o servicio adquirido: detalle, cantidad, unidad de medida y precio unitario.
- Subtotal, IVA retenido, retención de renta y valor neto pagado.
- Fecha de emisión.
- Clave de acceso electrónica de 49 dígitos autorizada por el SRI.
Paso a paso: cómo emitir una liquidación de compra electrónica
- Ingresa a tu sistema de facturación. Usa el portal SRI en Línea o un sistema privado integrado como Naranjilla.
- Selecciona "Liquidación de Compra" en el módulo de comprobantes electrónicos.
- Ingresa los datos del proveedor: nombre completo y número de cédula de identidad. No se requiere RUC porque el proveedor no está inscrito.
- Describe el bien o servicio adquirido: tipo, cantidad, unidad de medida y precio pactado.
- Aplica las retenciones correspondientes: el sistema calculará automáticamente el IVA retenido y la retención de impuesto a la renta según la actividad.
- Verifica el valor neto a pagar al proveedor después de retenciones.
- Envía al SRI para autorización. El sistema genera el XML, lo firma y obtiene la clave de acceso en segundos.
- Entrega una copia al proveedor (el RIDE en PDF) como constancia del pago y de las retenciones aplicadas.
¿Puede el proveedor rechazar la liquidación?
Una vez autorizada por el SRI, la liquidación tiene validez tributaria plena. El proveedor puede recibirla como respaldo de la transacción. Si existe desacuerdo sobre el monto de retenciones, debe resolverse entre las partes antes de emitir el documento, ya que corregirlo posteriormente requiere anularlo y volver a emitirlo.
Límites y restricciones
El SRI establece que la liquidación de compra solo puede emitirse para adquisiciones de personas que genuinamente no están en capacidad de emitir comprobantes. No puede usarse para evadir la obligación de solicitar factura a proveedores que sí están inscritos en el RUC. Usarla de forma irregular puede ser considerado evasión tributaria.
Impacto en las declaraciones
La liquidación de compra se registra como crédito tributario en el IVA del comprador (si el bien o servicio es deducible). Las retenciones realizadas deben declararse en el formulario 103 (retenciones en la fuente) dentro del plazo del mes siguiente. El documento también debe incluirse en el Anexo Transaccional Simplificado (ATS).
Consejos prácticos
- Verifica la cédula del proveedor antes de emitir: un número incorrecto invalida el comprobante.
- Guarda respaldo de la transacción: contrato verbal, recibo firmado o cualquier constancia que justifique la compra.
- No uses liquidación de compra con proveedores que tienen RUC activo: en ese caso, debes solicitar la factura.
- Emítela el mismo día de la transacción para evitar inconsistencias en tus registros contables.
- Incluye siempre las retenciones correctas: un error en el porcentaje puede generar glosas en una auditoría.
Conclusión
La liquidación de compra electrónica es una herramienta tributaria importante para formalizar adquisiciones a personas que no pueden emitir facturas. Emitirla correctamente protege al comprador, respalda el gasto como deducible y garantiza el cumplimiento de las obligaciones de retención ante el SRI.
Emite liquidaciones de compra con Naranjilla